Micelio

Artículo 51

División De Supervisión Y Control

Decreto 2117 de 1992 · por el cual se fusionan la Dirección de Impuestos Nacionales y la Dirección de Aduanas Nacionales en la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 51. División de Supervisión y Control . De acuerdo con las políticas e instrucciones del Subdirector Operativo, son funciones de la División de Supervisión y Control, las siguientes

a)

Coordinar, controlar, orientar y capacitar, en coordinación con la Escuela de Impuestos y Aduanas Nacionales, a las diferentes Administraciones sobre la aplicación de los regímenes aduaneros;

b)

Supervisar y evaluar la aplicación de los regímenes aduaneros en las Administraciones de Impuestos y Aduanas Nacionales y elaborar las recomendaciones correspondientes y efectuar el seguimiento respectivo;

c)

Informar a las dependencias competentes sobre los resultados de las visitas de supervisión; y

d)

Las demás que le asigne el Subdirector Operativo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2117 de 1992