En Ejercicio De Sus Funciones De Vigilancia, Y Con El Fin De Proteger Los Intereses De Los Socios O Accionistas, O De Terceros, La Superintendencia De Sociedades Anónimas, Podrá Tomar Las Siguientes Medidas Precautelativas Cuando Se Violen Las Normas Legales O Estatutarias Por Las Sociedades Sometidas A Su Control: A) Ordenar El Retiro De Las Acciones De Los Mercados Públicos De Valores, Mediante Resolución Que Se Comunicará Dichos Mercados Y Se Publicará En La Prensa; Y B) Suspender El Permiso De Funcionamiento De La Sociedad, Por Resolución Que La Incapacitará Para Seguir Desarrollando Su Objeto Y Que Deberá Registrarse En Las Cámaras De Comercio De Su Domicilio Y Sucursales, Y Publicarse En La Prensa
Decreto 2831 de 1952 · Por el cual se dictan algunas disposiciones sobre sociedades comerciales
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º. En ejercicio de sus funciones de vigilancia, y con el fin de proteger los intereses de los socios o accionistas, o de terceros, la Superintendencia de Sociedades Anónimas, podrá tomar las siguientes medidas precautelativas cuando se violen las normas legales o estatutarias por las sociedades sometidas a su control
a)
Ordenar el retiro de las acciones de los mercados públicos de valores, mediante resolución que se comunicará dichos mercados y se publicará en la prensa; y
b)
Suspender el permiso de funcionamiento de la sociedad, por resolución que la incapacitará para seguir desarrollando su objeto y que deberá registrarse en las Cámaras de Comercio de su domicilio y sucursales, y publicarse en la prensa. Contra las resoluciones que se dicten en desarrollo de este artículo procederán el recurso de reposición y el de apelación en el efecto suspensivo ante el Ministerio de Fomento. Mientras se surten dichos recursos las resoluciones mencionadas se mantendrán en reserva y solamente podrán conocerlas los representantes legales de las sociedades a que refieren. Las medidas antedichas podrán revocarse cuando se acredite plenamente que se subsanaron las irregularidades que las motivaron. La revocación deberá comunicarse o registrarse, según el caso, y publicarse en la forma prevista en este artículo.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.