Micelio

Artículo 24

A Los Colonos Forzados Que Observen Conducta Intachable Y Que Deseen Hacerse Propietario Territoriales Y Demuestren Energías Para El Trabajo, Especialmente A Los Que Tengan Familia Pequeña O Compuesta De Mujeres, Sin Hijos Que Estén Recluidas La Colonia Y Vivan Pacíficamente, Se Les Ayudará Prudencialmente Con El Trabajo De Otros Reos A Construir Sus Habitaciones, Demostrar El Terreno Y Sembrar Las Plantaciones O Sementeras

Decreto 347 de 1919 · Por el cual se reglamenta la Colonia Penal del Meta

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

A los colonos forzados que observen conducta intachable y que deseen hacerse propietario territoriales y demuestren energías para el trabajo, especialmente a los que tengan familia pequeña o compuesta de mujeres, sin hijos que estén recluidas la Colonia y vivan pacíficamente, se les ayudará prudencialmente con el trabajo de otros reos a construir sus habitaciones, demostrar el terreno y sembrar las plantaciones o sementeras. Estos trabajos se organizarán de manera que reine en ellos La alegría de los trabajadores y que la cooperación sea eficaz y estimule a los reos con la esperanza de que a ellos también se les ayudara a su turno en la misma forma. Cultivo de los terrenos, trabajo de los colonos forzados y empelo de los productos

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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