º Quedan en estos términos adicionado el artículo 2 del Decreto Nº703 de 1933 derogadas las siguientes disposiciones: Artículo 7º del decreto número 1683 de 1931 Artículos 4º y 5º del decreto número 2092 de 1931. Artículo 2º del decreto número 2148 de 1931. Artículos 5º y 6º del decreto número 421 de 1932. Artículos 2 y 4º del decreto número 804 de 1932. Decreto número 1018 de 1936. Artículo 3º del Decreto número 1985 d 1937. Artículo 2º del Decreto número 289 de 1935. Artículo único del Decreto número 651 1935. Artículo s 2º y 3º del Decreto número 812 de 1936. Artículos 1º y 2º del Decreto número 3125 1936. Artículo 3º del Decreto número 163 de 1937.
Decreto 326 de 1938 →Vigente
Artículo 8
º Quedan En Estos Términos Adicionado El Artículo 2 Del Decreto Nº703 De 1933 Derogadas Las Siguientes Disposiciones: Artículo 7º Del Decreto Número 1683 De 1931 Artículos 4º Y 5º Del Decreto Número 2092 De 1931
Decreto 326 de 1938 · Por el cual se dictan unas disposiciones sobre cambios internacionales y se le confieren facultades a la Oficina de Control de Cambios y Exportaciones
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.