º La destinación de fondos de que trata este Decreto se hará con imputación al Capítulo 55, artículo 790 del Presupuesto vigente. Comuníquese y publíquese.
Decreto 1898 de 1947 →Vigente
Artículo 4
La Destinación De Fondos De Que Trata Este Decreto Se Hará Con Imputación Al Capítulo 55, Artículo 790 Del Presupuesto Vigente
Decreto 1898 de 1947 · por el cual se destinan unos fondos.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.