Micelio

Artículo 1145

Del Presupuesto De Gastos Vigente, "para Pagar Los Aportes A La Construcción De Estadios, De Acuerdo Con El Decreto Número 2315 De 1954; Según Distribución Que Hará El Gobierno Nacional Por Decreto Separado, En El Año, Así: Ministerio De Hacienda Y Credito Publico Gastos De Administración, Auxilios Y Otros

Decreto 1999 de 1957 · Por el cual se distribuye parcialmente la apropiación liquidada en el Presupuesto de Gastos vigente, para construcciones e instalaciones deportivas

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero . En armonía con lo dispuesto en el Decreto legislativo número 2315 de 1954, hácese la siguiente distribución parcial de la partida liquidada en el Capítulo 110, articulo 1145 del Presupuesto de Gastos vigente, "para pagar los aportes a la construcción de estadios, de acuerdo con el Decreto número 2315 de 1954; según distribución que hará el Gobierno Nacional por decreto separado, en el año, así: MINISTERIO DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO Gastos de Administración, auxilios y otros. CAPITULO 110 Artículo 1145. 226. Ordinal 2° Para auxiliar la construcción de la Villa Olímpica -estadios de foot-ball, atletismo, base-ball, velódromo Campo de Marte, coliseo cubierto y piscinas olímpicas-en la ciudad de Popayán (Decreto 1967 de 1955), conforme a planos y proyectos aprobados por el Ministerio de Educación Nacional, según oficios SG/43191 y SG/47636 de octubre 25 y noviembre 22, respectivamente, de 1950, y ejecución de obras certificadas por el Ministerio citado en oficio SG/37727 de agosto 28 de 1957, suma que se entregará al Tesorero del Departamento del Cauca, previo el cumplimiento de las disposiciones administrativas y fiscales vigentes para esta clase de auxilios, y de las de que trata el Decreto legislativo 2315 de 1954 $ 250.000.00

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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