ARTICULO 28. Al remitir las Cajas de Compensación el uno por ciento (1%) para el servicio nacional de aprendizaje de que trata el artículo 1 o. del Decreto 118 de 1957, harán la discriminación del porcentaje que corresponde a aportes de empresas industriales comerciales o de otras actividades.
Decreto 1521 de 1957 →Vigente
Artículo 28
Al Remitir Las Cajas De Compensación El Uno Por Ciento (1%) Para El Servicio Nacional De Aprendizaje De Que Trata El Artículo 1 O
Decreto 1521 de 1957 · Por el cual se reglamenta el subsidio familiar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.