CONFLICTOS DE JURISDICCION . Corresponde al Tribunal Disciplinario decidir de plano los conflictos de competencia que se susciten entre los funcionarios de las distintas jurisdicciones, cuando éstos pertenezcan a diferentes distritos judiciales. También decidirán los conflictos de competencias que se susciten en un mismo distrito, entre la jurisdicción penal ordinaria y la aduanera o la militar.
Decreto 1861 de 1989 →Vigente
Artículo 38
Decreto 1861 de 1989 · Por el cual se introducen modificaciones al Código de Procedimiento Penal y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
modificado (verif_articulado: el artículo 38 del decreto 1861 de 1989, quedará así) por decreto 2276/89 modificado por decreto 2276/89
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.