ARTICULO 78. CONCURSOS. Los concursos para el ingreso y el ascenso en cargos de Carrera serán abiertos, sin perjuicio de las garantías que concede el presente Decreto a los empleados de Carrera. En estos concursos podrán participar todas las personas que demuestren poseer los requisitos exigidos para el desempeño del empleo, conforme a la ley.
Decreto 1792 de 2000 →Vigente
Artículo 78
Concursos
Decreto 1792 de 2000 · por el cual se modifica el Estatuto que regula el Régimen de Administración del Personal Civil del Ministerio de Defensa Nacional, se establece la Carrera Administrativa Especial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.