El Gobierno fomentará el establecimiento de fábricas de abonos de las clases más apropiadas para el desarrollo de la agricultura en Colombia, empleando para ello uno de los siguientes métodos, a su elección.
Primero. Auxilio de un tanto por ciento razonable del capital efectivamente invertido en el montaje de la fábrica;
Segundo. Garantía de un interés equitativo sobre el mismo capital por un término prudencial; y
Tercero. Bonificación de una suma fija para cada tonelada de abonos que se dé al expendio.