Micelio

Artículo 3

Ley 1 de 1943 · Por la cual se otorgan ciertas facultades a algunos Municipios y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Cuando las demandas de expropiación que promueva cualquiera de los Municipios a que se refiere esta Ley, comprendan dos o más fincas dentro del área general que se trate de expropiar, se dirigirán contra todos los demandados en conjunto, contra varios de ellos o contra cada uno separadamente, a elección del demandante.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 1 de 1943