Micelio

Artículo 58

El Artículo 321 Del Decreto 2666 De 1984, Quedará Así: “términos Para Decidir

Decreto 755 de 1990 · por el cual se modifica parcialmente el régimen de aduanas.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El artículo 321 del Decreto 2666 de 1984, quedará así: “Términos para decidir. El recurso de reposición deberá resolverse dentro de los treinta (30) días calendario siguientes al de su interposición y el de apelación dentro de los sesenta (60) días calendario siguientes al de su interposición si es directamente o al del vencimiento del término para resolver el recurso de reposición si se interpone como subsidiario. Transcurridos estos términos sin que se haya notificado decisión expresa sobre ellos, se entenderá que fueron denegados. El término señalado para resolver el recurso de apelación se interrumpirá mientras dure el que se hubiere dispuesto para la práctica de pruebas, si fuere pertinente, el cual no podrá exceder de un (1) mes”.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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