Micelio

Artículo 61

La Visa Temporal Ordinaria Trabajador Contrato Podrá Otorgarse Al Extranjero Contratado Por Empresa O Entidad Privada O Pública, Que Pretenda Ingresar Al País Para Efectuar Trabajos En Su Especialidad

Decreto 2371 de 1996 · Por el cual se dictan disposiciones sobre expedición de visas, control de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración.

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Visa Temporal Ordinaria Trabajador Contrato podrá otorgarse al extranjero contratado por empresa o entidad privada o pública, que pretenda ingresar al país para efectuar trabajos en su especialidad. Se otorgará bajo la responsabilidad de la empresa o entidad contratante. Igualmente se podrá otorgar, esta visa a los Directivos, Técnicos y personal administrativo de entidad pública o privada extranjera, de carácter comercial o industrial, trasladados desde el exterior para cubrir cargos específicos en sus empresas.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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