Presentación del Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público . La propuesta de Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero elaborada por los Gerentes de las Empresas Sociales del Estado y aprobada por las Juntas Directivas deberá ser presentada para su viabilidad ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público por parte del Gobernador o Alcalde Distrital, en el caso de las Empresas Sociales del Estado de nivel departamental o distrital, respectivamente. Para las Empresas Sociales del Estado del nivel municipal, la presentación se realizará por parte del Gobernador, previa coordinación con el Alcalde municipal.
Para todos los efectos, incluido lo dispuesto por el artículo 9° de la Ley 1966 de 2019, se entiende presentada la propuesta de Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero ante el Ministerio de Hacienda y Crédito Público cuando la misma sea radicada por parte del Gobernador o Alcalde Distrital a través de la “Sede Electrónica” disponible en la página web del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con los plazos, términos y condiciones establecidos por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público. El Ministerio de Hacienda y Crédito Público emitirá un mensaje de datos al remitente acusando el recibo de la comunicación entrante indicando la fecha y hora de la misma y el número de radicado asignado, el cual constituye prueba tanto de la presentación efectuada por el respectivo departamento o distrito, como de su recepción por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 61 y 62 de la Ley 1437 de 2011.