Micelio

Artículo 1

Cuando Se Trate De Terrenos Baldíos Ubicados En Territorio Perteneciente A Alguna Comisaría, Las Solicitudes Que Deben Hacerse Conforme A Los Artículos 69 Y 88 La Ley 110 De 1912 (Código Fiscal), Se Dirigirán Al Gobernador O Intendente Cuya Residencia Esté Más Próxima A La Comisaría

Decreto 558 de 1915 · por el cual se reglamentan los artículos 69 a 74 y 88 del Código Fiscal, en relación con la adjudicación de terrenos baldíos ubicados en territorio de las Comisarías.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Cuando se trate de terrenos baldíos ubicados en territorio perteneciente a alguna Comisaría, las solicitudes que deben hacerse conforme a los artículos 69 y 88 la Ley 110 de 1912 (Código Fiscal), se dirigirán al Gobernador o Intendente cuya residencia esté más próxima a la Comisaría.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 558 de 1915