Micelio

Artículo 8

La Sección Técnica De La Oficina Nacional De Minas Elaborará La Estadística De La Producción Minera Del País, La Cual Abarcará Todas Las Diferentes Sustancias Minerales, Sus Formas Y Cantidades, Sistemas De Extracción Y Elaboración, Peso Específico, Valor, Consumo Interior Y Elementos Destinados A La Explotación Y Todos Los Pormenores Que Permitan Conocer El Estado, Desarrollo Y Demás Condiciones De Esa Industria

Decreto 726 de 1924 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre estadística de las industrias y del trabajo

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La sección técnica de la Oficina Nacional de Minas elaborará la estadística de la producción minera del país, la cual abarcará todas las diferentes sustancias minerales, sus formas y cantidades, sistemas de extracción y elaboración, peso específico, valor, consumo interior y elementos destinados a la explotación y todos los pormenores que permitan conocer el estado, desarrollo y demás condiciones de esa industria.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 726 de 1924