El auxilio decretado por el artículo anterior será incluído en el Presupuesto de la próxima vigencia fiscal y de la siguiente, a razón de ciento cincuenta mil pesos ($ 150.000). Si así no se hiciere, el Gobierno queda autorizado para abrir los créditos adicionales o hacer las traslaciones que fueren necesarias dentro de los mismos Presupuestos, a fin de darle estricto cumplimiento a esta Ley.
Ley 133 de 1963 →Vigente
Artículo 2
Ley 133 de 1963 · por la cual se auxilia a la Parroquia de Mogotes (Departamento de Santander).
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.