Micelio

Artículo 43

Modalidades

Decreto 2080 de 2000 · por el cual se expide el Régimen General de Inversiones de capital del exterior en Colombia y de capital colombiano en el exterior.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Modalidades . Las inversiones de capital colombiano en el exterior en empresas constituidas o establecidas o que se proyecte constituir en el exterior, podrán revestir, entre otras, las siguientes modalidades

a)

Exportación de bienes tangibles tales como maquinaria, equipos u otros bienes físicos aportados al capital cuyo valor en moneda extranjera no se reintegra al país, conforme a los reglamentos que al efecto expidan los respectivos organismos competentes;

b)

Exportación de divisas como aporte directo de capital a una empresa;

c)

Aportes mediante exportación de servicios, asistencia técnica, contribuciones tecnológicas o activos intangibles aportados al capital, cuyo valor en moneda extranjera no se reintegra al país, conforme a las reglamentaciones aplicables;

d)

Reinversión o capitalización de sumas con obligación de reintegro provenientes de utilidades, intereses, comisiones, amortización de préstamos, regalías y otros pagos de servicios técnicos y reembolsos de capital;

e)

Aportes en divisas provenientes de créditos externos contratados para tal efecto, de acuerdo con las reglamentaciones expedidas por la Junta Directiva del Banco de la República;

f)

La vinculación de recursos en el exterior, aunque ello no implique desplazamiento de recursos físicos hacia el extranjero;

g)

Las modalidades señaladas en los literales a), b) y c) del presente artículo, cuando no se computen como aportes al capital de la empresa.

Parágrafo 1

Se entiende por reembolso de capital, las remesas provenientes del exterior que constituyen una disminución del monto de capital colombiano vinculado a actividades económicas en el exterior.

Parágrafo 2

Las inversiones de capital colombiano en el exterior cubren el aporte en empresas constituidas o que se constituyan en el extranjero, la adquisición con ánimo de permanencia de acciones, cuotas o derechos de propiedad de personas residentes en el exterior y el establecimiento de sucursales o agencias en el exterior. CAPITULO II AUTORIZACIÓN Y REGISTRO

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2080 de 2000