Los contratos que celebre el Ingeniero Administrador necesitarán para su validez de la aprobación del Ministro de Obras Públicas, si- su valor fuere menor de mil pesos ($ 1,000); de la aprobación del Poder Ejecutivo, si fueren de mil pesos o más, y del concepto favorable del Consejo de Ministros, si su valor excediere de tres mil pesos ($ 3,000), y serán luego elevados a escritura pública.
Artículo 12
Los Contratos Que Celebre El Ingeniero Administrador Necesitarán Para Su Validez De La Aprobación Del Ministro De Obras Públicas, Si- Su Valor Fuere Menor De Mil Pesos ($ 1,000); De La Aprobación Del Poder Ejecutivo, Si Fueren De Mil Pesos O Más, Y Del Concepto Favorable Del Consejo De Ministros, Si Su Valor Excediere De Tres Mil Pesos ($ 3,000), Y Serán Luego Elevados A Escritura Pública
Decreto 262 de 1937 · Por el cual se reglamenta la Ley 115 de 1986, que provee a la reconstrucción de la ciudad de Túquerres, y se auxilian los damnificados por los siniestros sísmicos en el Departamento de Nariño
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.