º. Los títulos de deuda denominados Bonos Agrarios Ley 160 de 1994 podrán ser utilizados por su legítimo tenedor para el pago del impuesto sobre la renta y complementarios, en los términos establecidos en el presente Decreto.
Decreto 1827 de 1995 →Vigente
Artículo 1
º
Decreto 1827 de 1995 · por medio del cual se reglamenta parcialmente el parágrafo 1° del artículo 37 de la Ley 160 de agosto 3 de 1994.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.