Micelio

Artículo 1

Ordénase La Emisión De Las Siguientes Especies Postales: Seis Millones (6

Decreto 3545 de 1949 · por el cual se ordena la emisión de unas especies postales.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Ordénase la emisión de las siguientes especies postales: Seis millones (6.000.000) de ejemplares de estampillas de la Cruz Roja Nacional, de cinco centavos ($ 0.05), cada una. Quince millones (15.000.000), de ejemplares de estampillas, servicio ordinario, cuyo motivo central será la Vivienda Campesina, valor cinco centavos ($ 0.05), cada una. Quinientos mil (500.000) ejemplares de estampillas de veinticinco centavos ($ 0.25), cada una. Cuatro millones (4.000.000) de ejemplares de tarjetas postales, servicio interno, de dos centavos ($ 0.02), cada una. Dos millones (2.000.000) de ejemplares en color rojo, de tarjetas postales de once centavos ($ 0.11), cada una, servicio internacional (U. P. U.). Cinco millones (5.000.000) de fajas o enteros para impresos de un centavo ($ 0.01), cada uno, color verde. Tres millones (3.000.000) de fajas o enteros de cuatro centavos ($ 0.04), cada uno, color verde.

Parágrafo

Estas fajas o enteros llevarán las efigies de dos ilustres periodistas colombianos, don Ismael Enrique Arciniegas y don Fidel Cano, respectivamente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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