Micelio

Artículo 10

Ley 109 de 1985 · Por la cual se establece el estatuto de las zonas francas

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las zonas francas funcionarán dentro de áreas delimitadas por los estatutos orgánicos respectivos, en las cuales se aplicará una normatividad especial en materia aduanera, cambiaria y de comercio exterior, de conformidad con las normas que desarrollen las leyes marco sobre la materia y con las disposiciones expedidas por el Gobierno Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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