El Ministerio de Gobierno procederá a ordenar y dirigir una edición del presente Decreto, incorporando en su debido lugar, las normas pertinentes de la Constitución Nacional, las de la Ley 2ª de 1943, las del Código de Régimen Político y Municipal a que se haga referencia, y todas las demás, sobre organización fiscal, protección de indígenas, etc., que complementen el estatuto. Esta edición comprenderá también algunos modelos para la presentación de los presupuestos y acuerdos o decretos de apropiaciones intendenciales o comisariales, y para los decretos de traslados y créditos suplementales, así como las instrucciones para la celebración de contratos administrativos y para la ejecución del presupuesto. Además, por la Dirección de Territorios Nacionales, se hará una inspección cuidadosa de la administración de cada territorio, con el fin de presentar un plan sobre la tecnificación de los servicios y de las labores de cada uno. Comuníquese y publíquese.
Decreto 2451 de 1943 →Vigente
Artículo 31
El Ministerio De Gobierno Procederá A Ordenar Y Dirigir Una Edición Del Presente Decreto, Incorporando En Su Debido Lugar, Las Normas Pertinentes De La Constitución Nacional, Las De La Ley 2ª De 1943, Las Del Código De Régimen Político Y Municipal A Que Se Haga Referencia, Y Todas Las Demás, Sobre Organización Fiscal, Protección De Indígenas, Etc
Decreto 2451 de 1943 · Por el cual se reglamentan las disposiciones de la Ley 2ª de 1943, sobre administración de las Intendencias y Comisarias
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.