Micelio

Artículo 1

Decreto 1566 de 1959 · Por el cual se establece la organización administrativa correspondiente a las obras de conservación de Bocas de Ceniza

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo primero. Las obras de conservación de Bocas de Ceniza tendrán la organización, el personal y las asignaciones que a continuación se indican: Administración 1 Ingeniero Director de Obras $ 2.500.00 1 Secretario Auxiliar II - 8 - d 850.00 1 Oficial de Estadística IV - 6 - d. 680.00 Estudios e investigaciones. 1 Ingeniero Hidráulico VI - 15 - c. 2.600.00 1 Jefe de Sondeos 990.00 Caja. 1 Cajero Pagador III - 6 - f. $ 650.00 1 Liquidador II - 5 - f. 630.00 Contabilidad. 1 Contador II - 9 - b. 850.00 Almacén. 1 Almacenista III - 7 - e. 720.00 1 Contador I - 7 - a 560.00 1 Cotizador II - 5 - d. 470.00 2 Ayudantes Almacén II - 3 - d, cada uno $310.00 520.00 Mantenimiento de instalaciones y obras. Funcionario Ejecutivo III - 11 - d. 1.325.00 Talleres. 1 Jefe de Talleres 970.00 Servicio de pilotaje. 1 Jefe de Pilotos 990.00 4 Primeros Pilotos, cada uno $700.00 2.800.00 Draga a "Ciudad de Barranquilla". 1 Capitán. 1.650.00 1 Tercer Oficial 726.00 1 Primer Ingeniero 1.210.00 1 Segundo Ingeniero 847.00 1 Subalmacenista 506.00

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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