Artículo primero. Las obras de conservación de Bocas de Ceniza tendrán la organización, el personal y las asignaciones que a continuación se indican: Administración 1 Ingeniero Director de Obras $ 2.500.00 1 Secretario Auxiliar II - 8 - d 850.00 1 Oficial de Estadística IV - 6 - d. 680.00 Estudios e investigaciones. 1 Ingeniero Hidráulico VI - 15 - c. 2.600.00 1 Jefe de Sondeos 990.00 Caja. 1 Cajero Pagador III - 6 - f. $ 650.00 1 Liquidador II - 5 - f. 630.00 Contabilidad. 1 Contador II - 9 - b. 850.00 Almacén. 1 Almacenista III - 7 - e. 720.00 1 Contador I - 7 - a 560.00 1 Cotizador II - 5 - d. 470.00 2 Ayudantes Almacén II - 3 - d, cada uno $310.00 520.00 Mantenimiento de instalaciones y obras. Funcionario Ejecutivo III - 11 - d. 1.325.00 Talleres. 1 Jefe de Talleres 970.00 Servicio de pilotaje. 1 Jefe de Pilotos 990.00 4 Primeros Pilotos, cada uno $700.00 2.800.00 Draga a "Ciudad de Barranquilla". 1 Capitán. 1.650.00 1 Tercer Oficial 726.00 1 Primer Ingeniero 1.210.00 1 Segundo Ingeniero 847.00 1 Subalmacenista 506.00
Decreto 1566 de 1959 →Vigente
Artículo 1
Decreto 1566 de 1959 · Por el cual se establece la organización administrativa correspondiente a las obras de conservación de Bocas de Ceniza
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.