Micelio

Artículo 8

Decreto 350 de 1960 · Por el cual se organiza la Escuela Superior de Administración Pública.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo octavo. El patrimonio de la Escuela estará formado así

a)

Por el aporte presupuestal ordinario que anualmente debe otorgarle el Estado, y por los aportes extraordinarios que el mismo Estado le conceda, y

b)

Por los bienes muebles e inmuebles que le pertenezcan, por las rentas que ella misma arbitre por concepto de matrículas, pensiones, derechos de grado, expedición de certificados, prestación de servicios y otras actividades similares, así como por las adquisiciones que a cualquier título hiciere, y por los auxilios, donaciones, herencias, legados y subvenciones que recibiere de cualesquiera personas públicas o privadas, nacionales o extranjeras.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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