Micelio

Artículo 1

Desde Esta Fecha Y Para Obtener Efectividad En Las Disposiciones Sobre Tráfico, Las Multas Que Se Impongan En Las Vías Nacionales Central Del Norte, Noroeste, Oriente, Sur Y Meta, Por Infracciones A Tales Disposiciones, Se Distribuirán Así: Cuando El Recaudador De Una Aduanilla Imponga Y Haga Efectiva Una Multa Por Una Infracción Descubierta Por Él, Tendrá Derecho Al 50 Por 100 De Ella, Y El Resto Ingresará A La Caja De La Vía Respectiva; Si Él O Un Jefe De Trabajos La Descubre Y Da Aviso Oportuno A Un Recaudador Que La Imponga Y Haga Efectiva, Corresponderá Un 25 Por 100 A Este Último, Un 25 Por 100 A Quien Dio El Aviso, Y El 50 Por 100 Restante Ingresará A La Caja De 1a Vía

Decreto 367 de 1925 · Por el cual se dictan varias disposiciones sobre recaudación de los impuestos de peaje y llanta en las vías Central del Norte, Noroeste, Oriente, Sur y Meta, y se señalan unos honorarios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Desde esta fecha y para obtener efectividad en las disposiciones sobre tráfico, las multas que se impongan en las vías nacionales Central del Norte, Noroeste, Oriente, Sur y Meta, por Infracciones a tales disposiciones, se distribuirán así: cuando el Recaudador de una aduanilla imponga y haga efectiva una multa por una infracción descubierta por él, tendrá derecho al 50 por 100 de ella, y el resto ingresará a la caja de la vía respectiva; si él o un Jefe de trabajos la descubre y da aviso oportuno a un Recaudador que la imponga y haga efectiva, corresponderá un 25 por 100 a este último, un 25 por 100 a quien dio el aviso, y el 50 por 100 restante ingresará a la caja de 1a vía. Si la multa fuere impuesta y recaudada por el Inspector General del Tráfico de Bogotá, quedará a su favor un 50 por 100 de ella. Estos porcentajes se refieren sólo a las multas y no a la que en el pago de ellas corresponda al valor de la respectiva guía de peaje o de llanta, el cual ingresará íntegramente a la caja-de la vía respectiva.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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