Micelio

Artículo 8

Ley 9 de 1985 · por la cual la Nación contribuye a resolver el problema sanitario de los municipios del Departamento del Meta y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobernador del Departamento del Meta, previa autorización de la Asamblea Departamental, podrá pignorar las rentas que produzcan las estampillas, a fin de garantizar los empréstitos que se adquieran para financiar las obras previstas en la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 9 de 1985