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Artículo 19

Son Funciones De La División Financiera: A) Asistir A La Dirección General, En La Determinación, Objetivos, Estrategias Y Políticas, Relacionados Con La Administración Financiera De La Caja

Decreto 1211 de 1987 · Por la cual se aprueba la Estructura Interna de la Caja de Vivienda Militar y las funciones de sus dependencias

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones de la División Financiera

a)

Asistir a la Dirección General, en la determinación, objetivos, estrategias y políticas, relacionados con la administración financiera de la Caja.

b)

Elaborar los informes y estados financieros que deban ser presentados a la Dirección General.

c)

Controlar el correcto manejo de los fondos y valores de propiedad de la entidad.

d)

Dirigir y proponer la realización de estudios, sobre utilización actual de los recursos financieros y participar en las investigaciones tendientes a identificar nuevas fuentes de financiamiento.

e)

Coordinar con la Oficina de Planeación, la elaboración del anteproyecto del presupuesto para cada vigencia y velar por su correcta ejecución.

f)

Someter a consideración de la Dirección General, los proyectos de presupuesto, créditos adicionales, traslados presupuestales, acuerdos de gastos y relación de reservas de apropiación, para su posterior aprobación por parte de la Junta Directiva.

g)

Controlar el recaudo y análisis de cartera de la entidad y determinar las políticas de recuperación de la misma.

h)

Controlar el estado de cuenta de los afiliados por concepto del ahorro 7%.

i)

Coordinar con la Oficina de Sistemas el procesamiento de la información requerida para su normal funcionamiento.

j)

Presentar informes periódicos a la Subdirección General, sobre el desarrollo de las actividades.

k)

Las demás que le sean asignadas y correspondan a la naturaleza de la dependencia. SECCION DE CONTABILIDAD .

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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