Para atender a los gastos que demanden los estudios técnicos que previamente deben acometerse, para la formación de planos, presupuestos, trazados, etc., se declara incluída la partida necesaria en los Presupuestos de la próxima vigencia. Y si otros estudios estuvieren ya hechos o fueren practicados por cualquier persona o compañía, a plena satisfacción del Gobierno, podrá comprarlos por precio equitativo, sufragando el gasto de la partida que ha de incluírse en la liquidación del Presupuesto. Es entendido desde luego que si el Gobierno lleva a cabo la ejecución de la obra por administración delegada o por precio kilométrico, le es potestativo incluír en el contrato respectivo todo lo relacionado con los estudios previos, formación de planos, trazados etc.
Ley 107 de 1919 →Vigente
Artículo 3
Ley 107 de 1919 · que otorga autorizaciones al Gobierno sobre el ferrocarril de Santa Marta y para la construcción de la vía entre Fundación y el río Cesar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.