VALOR PATRIMONIAL DE LAS DEUDAS. Para efectos fiscales, el valor patrimonial de las deudas será
Los pasivos financieros medidos a valor razonable se medirán y reconocerán aplicando el modelo del costo amortizado.
Los pasivos que tienen intereses implícitos para efectos del impuesto sobre la renta se reconocerán por el valor nominal de la operación.
En aquellos casos según lo dispuesto en las normas del Título I de este Libro.