Micelio

Artículo 10

Decreto 2686 de 1988 · Por el cual se establecen normas tendientes al desligar la determinación del impuesto sobre la renta de los efectos de la inflación

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La parte de las utilidades generadas por las sociedades nacionales en exceso de las que se pueden distribuir con el carácter de no gravables conforme a lo previsto en los artículos 21 y 22 de la Ley 75 de 1986, se podrá distribuir en acciones o cuotas de interés social, o llevar directamente a la cuenta de capital, sin que constituya renta ni ganancia ocasional, en cuanto provenga de ajustes por inflación efectuados a los activos, o de utilidades provenientes del componente inflacionario no gravable de los rendimientos financieros percibidos. Los ajustes por inflación a que se refiere este artículo, comprenden todos los permitidos en la legislación para el costo de los bienes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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