Solicitud de investigación. La solicitud de investigación que se presente deberá contener como mínimo los siguientes requisitos, so pena de su rechazo
Nombre o nombres de los quejosos.
Nombre de la sociedad implicada.
Lo que se pretenda, expresado con precisión y claridad.
Los hechos que sirvan de fundamento a las pretensiones, debidamente determinados y numerados.
La petición y aporte de las pruebas que el quejoso pretenda hacer valer.
Los fundamentos de derecho que se invoquen.
La dirección en donde el solicitante recibirá notificaciones.
A partir de la fecha de recibo de la solicitud de investigación el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica, tendrá un término de diez (10) días hábiles para dictar auto, admitiéndola o rechazándola. La inadmitirá por una sola vez, cuando su contenido no se ajuste a lo requerido, evento en el cual deberá ajustarse en un término no superior a tres (3) días hábiles, so pena de rechazo. La rechazará, cuando los hechos que se solicitan investigar no tienen relación alguna con las normas que regulan el derecho de autor o los derechos conexos y la gestión de estos derechos en Colombia.