Micelio

Artículo 4

Son Deberes Y Atribuciones Del Rector: I-Dictar Los Reglamentos Para El Régimen Interior De La Facultad, Los Cuales Deben Someterse A La Aprobación Del Consejo Directivo; Ii-Mantener Constantemente En La Facultad El Orden Y La Disciplina En Conformidad Con Los Reglamentos; Ii- Cuidar De Que Los Catedráticos Asistan Con Puntualidad A Las Clases, A La Hora Y Por El Tiempo Señalado, Y Que Dicten Las Lecciones En Los Términos Prescritos En El Reglamento; Iv-Remitir, Autorizadas Con Su Firma, Al Ministerio De Instrucción Pública, Cada Mes, Las Nóminas Del Servicio Y Sueldos De Los Catedráticos Y Demás Empleados De La Facultad, Hechas Previamente Las Observaciones Correspondientes A Las Taitas De Asistencia A Los Catedráticos; V-Celebrar Los Contratos Que Sean Necesarios Para La Construcción De Los Muebles Y La Reparación Del Edificio De La Facultad, Sometiéndolos A La Aprobación Del Consejo Directivo Cuando Su Valor Pasa De Cincuenta Pesos ($ 50) Moneda Corriente; Vi-Fijar, Al Principio Del Año Escolar, Las Horas En Que Deban Tener Lugar Las Clases Y Demás Actos Internos De La Facultad; Vii-Imponer Las Penas Correccionales Que Sean Necesarias Por Faltas Cometidas Por Los Alumnos, Excepto La De Expulsión De La Facultad, Que No Podrá Imponerse Sino Por El Consejo Directivo, Dando Aviso, Con Copia Del Proceso, Al Ministro De Instrucción Pública; Viii-Nombrar Y Remover Libremente Al Secretario Y Demás Empleados De La Facultad; Ix-Presidir El Consejo Directivo Y Los Exámenes Finales De Tesis; X-Convocar El Consejo Directivo De La Facultad Con El Fin De Someter A Su Deliberación Y Resolución Los Asuntos De Su Incumbencia; Xi-Formar Los Consejos De Examinadores Que Deban Verificar Los Exámenes De Prueba De Curso Y Fijar Los Días Y Horas En Que Dichos Exámenes Hayan De Efectuarse; Xii-Resolver Las Solicitudes De Los Alumnos Cursantes Para Los Exámenes De Habilitación, Preparatorios O Generales De Grado, Nombrar Los Miembros Del Jurado De Calificación Y Designar El Día Y La Hora En Que Deban Tener Lugar; Xiii-Señalar Horas Diarias De Despacho En, El Local De La Facultad; Xiv-Firmar Con El Secretario Las Actas Del Consejo, Las Resoluciones Que Éste Dicte, Las Matrículas De Los Alumnos, Las Anotaciones Que Se Hagan En Ellas, Y Los Certificados O Documentos Análogos Que Se Refieran A La Facultad; Xv-Presentar En Los Primeros Días Del Año

Decreto 481 de 1918 · Por el cual se aprueba el Reglamento para la Facultad de Matemáticas e Ingeniería de la Universidad Nacional

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Son deberes y atribuciones del Rector: I-Dictar los Reglamentos para el régimen interior de la Facultad, los cuales deben someterse a la aprobación del Consejo Directivo; II-Mantener constantemente en la Facultad el orden y la disciplina en conformidad con los Reglamentos; II- Cuidar de que los Catedráticos asistan con puntualidad a las clases, a la hora y por el tiempo señalado, y que dicten las lecciones en los términos prescritos en el Reglamento; IV-Remitir, autorizadas con su firma, al Ministerio de Instrucción Pública, cada mes, las nóminas del servicio y sueldos de los Catedráticos y demás empleados de la Facultad, hechas previamente las observaciones correspondientes a las taitas de asistencia a los Catedráticos; V-Celebrar los contratos que sean necesarios para la construcción de los muebles y la reparación del edificio de la Facultad, sometiéndolos a la aprobación del Consejo Directivo cuando su valor pasa de cincuenta pesos ($ 50) moneda corriente; VI-Fijar, al principio del año escolar, las horas en que deban tener lugar las clases y demás actos internos de la Facultad; VII-Imponer las penas correccionales que sean necesarias por faltas cometidas por los alumnos, excepto la de expulsión de la Facultad, que no podrá imponerse sino por el Consejo Directivo, dando aviso, con copia del proceso, al Ministro de Instrucción Pública; VIII-Nombrar y remover libremente al Secretario y demás empleados de la Facultad; IX-Presidir el Consejo Directivo y los exámenes finales de tesis; X-Convocar el Consejo Directivo de la Facultad con el fin de someter a su deliberación y resolución los asuntos de su incumbencia; XI-Formar los Consejos de Examinadores que deban verificar los exámenes de prueba de curso y fijar los días y horas en que dichos exámenes hayan de efectuarse; XII-Resolver las solicitudes de los alumnos cursantes para los exámenes de habilitación, preparatorios o generales de grado, nombrar los miembros del jurado de calificación y designar el día y la hora en que deban tener lugar; XIII-Señalar horas diarias de despacho en, el local de la Facultad; XIV-Firmar con el Secretario las actas del Consejo, las resoluciones que éste dicte, las matrículas de los alumnos, las anotaciones que se hagan en ellas, y los certificados o documentos análogos que se refieran a la Facultad; XV-Presentar en los primeros días del año. A la aprobación del Consejo Directivo, el presupuesto de la Facultad; XVI-Poner el visto bueno a las cuentas de la Facultad que presentare el Secretario para su aprobación; XVII-Dar a los individuos que deseen concurrir a las clases o trabajos de la Facultad, en calidad de asistentes, una tarjeta que los acredite como tales ante los Profesores; y XVIII-Dirigir al Ministerio del Ramo, terminadas las tareas del año escolar, un informe general sobre el resultado de ellas y la marcha que haya seguido el establecimiento.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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