ADECUACIÓN DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRISIONES Y DEL FONDO ROTATORIO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA A LA DEL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Y CARCELARIO. La estructura orgánica, el presupuesto y las funciones del Fondo Rotatorio del Ministerio de justicia, así como su respectiva planta de personal y la de la Dirección General de Prisiones, continuarán rigiendo hasta la fecha de publicación de las normas que adopten la nueva planta de personal para el Instituto Nacional Carcelario y Penitenciario y se produzcan las respectivas incorporaciones. Dichas normas deberán expedirse a más tardar el 31 de diciembre de 1993.
PARÁGRAFO. Para los efectos establecidos en el presente artículo, el Consejo Directivo del Instituto Nacional Carcelario y Penitenciario deberá ser integrado con anterioridad al término aquí establecido, para que, con el pleno ejercicio de sus funciones, adopte las medidas necesarias para presentar al Gobierno Nacional los proyectos de presupuesto, estructura interna y planta de personal de la respectiva entidad.