Funciones de los Comités de Ética Hospitalaria . Los Comités de Ética Hospitalaria tendrán las siguientes funciones
Promover programas de promoción y prevención en el cuidado de la salud individual, familiar, ambiental y los dirigidos a construir una cultura del servidor público.
Divulgar entre los funcionarios y la comunidad usuaria de servicios los derechos y deberes en salud.
Velar porque se cumplan los derechos y deberes en forma ágil y oportuna.
Proponer las medidas que mejoren la oportunidad y la calidad técnica y humana de los servicios de salud y preserven su menor costo y vigilar su cumplimiento.
Atender y canalizar las veedurías sobre calidad y oportunidad en la prestación de servicios de salud.
Atender y Canalizar las inquietudes y demandas sobre prestación de servicios de la respectiva institución, por violación de los derechos y deberes ciudadanos en salud.
Reunirse como mínimo una vez al mes y extraordinariamente cuando las circunstancias así lo requieran, para lo cual deberán ser convocados por dos de sus miembros.
Llevar un Acta de cada reunión y remitirlas trimestralmente a la Dirección Municipal y Departamental de Salud. (Artículo 16 del Decreto 1757 de 1994)