Micelio

Artículo 1

Plazo Para La Entrega De Parte De Las Informaciones De Que Trata El Artículo 17 Del Decreto 2503 De 1987

Decreto 634 de 1988 · Por el cual se reglamenta parcialmente los artículos 18 de la Ley 50 de 1984, 50 de Ley 75 de 1986 y 17 y 18 del Decreto- Ley 2003 de 1987 y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º PLAZO PARA LA ENTREGA DE PARTE DE LAS INFORMACIONES DE QUE TRATA EL ARTÍCULO 17 DEL DECRETO 2503 DE 1987. Los bancos y las demás entidades sometidas a la vigilancia de la Superintendencia Bancaria, suministrarán la información requerida por el literal a), del artículo 17, del Decreto - ley 2503 de 1987, a más tardar el último día hábil del mes de marzo de cada año, en relación con aquellas personas o entidades a cuyo nombre se hayan efectuado consignaciones en cuentas de ahorro o cuentas corrientes, durante el año gravable inmediatamente anterior, cuyo valor anual acumulado sea superior a cincuenta millones de pesos ($50.000.000.00), en el respectivo banco o entidad en el cual se hayan efectuado los depósitos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 634 de 1988