Micelio

Artículo 8

º

Decreto 1156 de 1996 · por el cual se dictan normas en materia del Sistema de Seguridad Social Integral.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Adiciónase el artículo 5º del Decreto 1858 de 1995 con el siguiente inciso: Los beneficiarios del régimen subsidiado podrán retractarse de la afiliación efectuada dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha en la cual se ha manifestado la correspondiente selección, con el fin de garantizar la libertad de afiliación prevista en el artículo 13 de la Ley 100 de 1993.

Parágrafo transitorio

También podrán durante el mes siguiente a la entrada en vigencia de este Decreto, ejercer el derecho de retracto, quienes hubieren sido seleccionados como beneficiarios del subsidio del Fondo de Solidaridad Pensional, entre marzo de 1996 y la fecha de entrada en vigencia de este Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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