Apruébase el censo de población del Estado soberano de Bolívar, levantado en virtud de excitación del Poder Ejecutivo nacional, y que fué remitido en el presente año á la Secretaría de Fomento de la República.
Ley 8 de 1883 →Vigente
Artículo 1
Ley 8 de 1883 · Por la cual se aprueba el censo de población del Estado soberano de Bolívar
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.