Micelio

Artículo 3

º

Decreto 1578 de 1982 · por el cual se modifican los artículos 2º 11 y 16 del Decreto 546 de 1987 y artículos 1º y 2º del Decreto 1472 de 1971.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Modifícase el artículo 11 del Decreto 546 de 1967 el cual quedará así: "Cuando el rector del establecimiento no sea Oficial Superior en uso de buen retiro, la dirección y coordinación de la instrucción militar estará a cargo de un Oficial con grado no inferior al de Capitán o Teniente de Navío. Cada Compañía de Instrucción que se organice tendrá un Comandante con grado no inferior al de Subteniente o Teniente de Corbeta y Cada pelotón un Comandante con grado no inferior al de Sargento Segundo o Suboficial Segundo, quienes serán seleccionados por el plantel dentro del personal en uso de buen retiro las Fuerzas Militares, previa aprobación del Comandante de la Unidad Directora.

Parágrafo

Ante la imposibilidad de conseguir oficiales retirados en la gu arnición donde funcione el Colegio Militar, se autoriza el nombramiento de Sargentos Mayores o Sargentos Primeros para que se des empeñen en el cargo de comandantes de Compañía, previa autorización de la Unidad Directora.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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