Micelio

Artículo 2.23.7

Excepción Para La Ponderación Da Activos Garantizado Por El Fondo Nacional De Garantías S

Decreto 1068 de 2015 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Excepción para la ponderación da activos garantizado por el Fondo Nacional de Garantías S.A. - FNG. A partir de la entrada en vigencia del presente decreto y hasta el treinta y uno (31) de diciembre de 2020, para los activos garantizados o avalados por el Fondo Nacional de Garantías S.A. -FNG correspondientes a líneas de garantía y otros instrumentos destinados a responder a los efectos adversos generados por la pandemia del nuevo coronavirus COVlD-19, no se requerirá el cumplimiento de la condición establecida en el literal e) del

Parágrafo 1

del artículo 2.1.1.3.2 del Decreto 2555 de 2010 para el uso de la ponderación establecida en el numeral 2) del mismo artículo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1068 de 2015