Micelio

Artículo 20

Decreto 1659 de 1974 · Por el cual se fija el sistema de clasificación y remuneración para el personal profesional del área técnico científica del Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud y se dictan otras disposiciones pertinentes

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo vigésimo. En ningún caso y para ningún efecto serán aplicables a los funcionarios del área técnico científica del Instituto Nacional para Programas Especiales de Salud las normas establecidas por los Decretos 2554 de 1973, y 506 y 598 de 1974, sus adicciones y reformas, salvo lo dispuesto en el artículo decimosexto del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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