Micelio

Artículo 1

Adiciónase La Liquidación General Del Presupuesto Nacional De Gastos Para El Año Fiscal Del 1° De Enero A 31 De Diciembre De 1920, Con La Suma De Ochocientos Mil Pesos ($ 800,000), Que Llevará Las Siguientes Imputaciones: Ministerio Del Tesoro Capitulo 82 Deuda Interior

Decreto 977 de 1920 · Por el cual se adiciona el Presupuesto Nacional de gastos de la actual vigencia económica

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Adiciónase la liquidación general del Presupuesto Nacional de gastos para el año fiscal del 1° de enero a 31 de diciembre de 1920, con la suma de ochocientos mil pesos ($ 800,000), que llevará las siguientes imputaciones: MINISTERIO DEL TESORO CAPITULO 82 Deuda interior .consolidada y flotante Artículo 893-A. Para la amortización de las cédulas de Tesorería $ 700,000 Artículo 893-B Para la amortización de vales del Tesoro 100,000 Total $ 800,000

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 977 de 1920