Micelio

Artículo 59

Decreto 2851 de 1984 · por el cual se dictan disposiciones sobre Asociaciones de Juntas de Acción Comunal.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Técnico Administrativo del Ministerio de Gobierno, vigilará que los auxilios se inviertan en los objetivos para los cuales fueron otorgados, sin perjuicio del control fiscal que ejercerá la Contraloría General de la República. Para los efectos de este artículo, la Asociación deberá suministrar los documentos al Técnico Administrativo para el cumplimiento de esta función.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2851 de 1984