Micelio

Artículo 5

Publicidad De Los Contratos

Decreto 1837 de 2007 · por el cual se reglamenta el artículo 3° de la Ley 1097 de 2006, en materia de contratación con cargo a Gastos Reservados.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Publicidad de los contratos . Por la naturaleza de la contratación por el rubro de gastos reservados, los contratos que celebren las entidades a que se refiere el artículo 2° de la Ley 1097 de 2006, no requieren publicación en el Diario Unico de Contratación Pública, ni en el portal de contratación de la Entidad. Los contratos así celebrados, gozan de la reserva legal.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1837 de 2007