Micelio

Artículo 1

Ley 94 de 1968 · por la cual se crea un "Instituto Técnico Agrícola", en el Municipio de Versalles (Valle), y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase en el Municipio de Versalles, Departamento del Valle del Cauca, un "Instituto Técnico Agropecuario", de nivel complementario y medio, con las siguientes finalidades específicas:

a)

Preparar mano de obra para las industrias agropecuarias a un nivel comprendido entre el quinto año de enseñanza primaria y dos o tres años más, de manera que se atienda a la formación integral del alumno, a su mejoramiento cultural y a la capacitación técnica en distintas ocupaciones relacionadas con el cultivo de la tierra, la crianza de animales y las industrias que de ello puedan derivarse;

b)

Formar expertos, técnicos, peritos y bachilleres agropecuarios;

c)

Formar expertos técnicos y peritos en actividades como la mecánica agrícola y otras relacionadas con la explotación de los animales, como industrias lácteas, carnes y vegetales, enlatados y otros similares;

d)

Fomentar la educación media con el implantamiento del ciclo básico de ésta;

e)

Promover y estimular el mejoramiento de la comunidad urbana y rural, particularmente en lo relacionado con la mejor explotación agrícola y pecuaria.

Parágrafo

El Ministerio de Educación determinará los planes y programas de estudio que deban seguirse en este Instituto, cuando se trate de actividades que no tengan reglamentación de carácter general.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 94 de 1968