Ajuste al exceso de ahorro en el Fondo De Ahorro y Estabilización bienio 2015- 2016. De conformidad con lo establecido en el
del artículo 6° del Decreto 2190 de 2016, ajústense los valores del exceso de ahorro en el Fondo de Ahorro y Estabilización 2015 2016, así:
El anexo 3º del presente Decreto, desagrega los montos globales por cada una de las entidades beneficiarias de asignaciones directas y compensaciones y del 40% del Fondo de Compensación Regional, el cual modifica el anexo 5° del artículo 6 del Decreto 2190 de 2016.
El monto a desahorrar por exceso de ahorro del FAE de que trata el presente artículo, corresponde a la diferencia entre los montos distribuidos mediante Instrucciones de Abono a Cuenta (IAC) para las asignaciones directas, el Fondo de Compensación Regional y el Fondo de Desarrollo Regional en los años 2015 y 2016 con corte a diciembre de 2016, y los montos resultantes para estos mismos conceptos de acuerdo con la metodología del Decreto 1515 de 2016 aplicada para los años 2015 y 2016. El monto a desahorrar por exceso de ahorro del FAE se distribuye entre asignaciones directas, el Fondo de Desarrollo Regional y Fondo de Compensación Regional, de acuerdo con los porcentajes establecidos en el inciso 4 del artículo 361 de la Constitución Política, y entre las entidades territoriales de manera proporcional a su participación en las IAC de los años 2015 y 2016 respectivamente, con corte a diciembre de 2016 en cada uno de los Fondos de Desarrollo y Compensación Regional y en las asignaciones directas. TÍTULO VI AJUSTES AL PRESUPUESTO DEL SISTEMA GENERAL DE REGALÍAS PARA EL BIENIO 2017 - 2018