Micelio

Artículo 37

En Las Divisiones Político-Administrativas Del País , Donde No Existan Divisiones Departamentales De Trabajo Y Seguridad Social Funcionarán Inspecciones De Trabajo Y Seguridad Social A Cargo De Un Inspector Quien Tendrá Jurisdicción En La Zona Fijada Por El Ministerio

Decreto 658 de 1974 · Por el cual se revisa la organización administrativa del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En las Divisiones político-administrativas del país , donde no existan Divisiones Departamentales de Trabajo y Seguridad Social funcionarán Inspecciones de Trabajo y Seguridad Social a cargo de un inspector quien tendrá jurisdicción en la zona fijada por el Ministerio.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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