Micelio

Artículo 68

Decreto 2092 de 1986 · Por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos VI y XI de la Ley 09 de 1979, en cuanto a elaboración, envase o empaque, almacenamiento, transporte y expendio de Medicamentos, Cosméticos y similares

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las etiquetas y empaques deberán indicar el uso adecuado de los plaguicidas de acuerdo con su categoría toxicológica y de conformidad con la reglamentación que para el efecto expida el Ministerio de Salud. Las etiquetas de los plaguicidas envasados a presión, deberán llevar además, la siguiente leyenda: "No se use cerca del fuego ni se perfore el envase". Sección 3 DE LA PUBLICIDAD

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2092 de 1986