Micelio

Artículo 7

Decreto 2087 de 2017 · por el cual se modifica la estructura interna de la Defensa Civil Colombiana.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° . Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones . Son funciones de la Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las siguientes: Liderar la gestión estratégica de las tecnologías de la información y las comunicaciones mediante la definición, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación de un Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información (PETI), que esté alineado a la estrategia y modelo integrado de gestión de la entidad. Liderar la definición, implementación y mantenimiento de la arquitectura empresarial de la entidad en virtud de las definiciones y lineamientos establecidos en el marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), del Estado, la estrategia GEL y los requisitos de la entidad. Desarrollar los lineamientos en materia tecnológica que habiliten la gestión de la entidad en beneficio de la prestación efectiva de sus servicios y que a su vez faciliten la gobernabilidad y gestión de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). Liderar los procesos de adquisición de bienes y servicios de tecnología y comunicaciones, mediante la definición de criterios de optimización y métodos que direccionen la toma de decisiones de inversión. Desarrollar estrategias de gestión de información para garantizar la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad e intercambio con el fin de lograr un flujo eficiente de información disponible para el uso en la gestión y la toma de decisiones en la entidad. Proponer e implementar acciones para impulsar la estrategia de gobierno abierto mediante la habilitación de mecanismos de interoperabilidad y apertura de datos que faciliten la participación, transparencia y colaboración en el Estado. Liderar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas de información y servicios digitales de la entidad, así como las necesidades de información de los servicios al ciudadano y grupos de interés. Liderar la definición, adquisición y supervisión de las capacidades de infraestructura tecnológica, servicios de administración, operación y soporte y velar por la prestación eficiente de los servicios tecnológicos necesarios para garantizar la operación de los sistemas de información, servicios digitales y sistemas de comunicaciones, según criterios de calidad, oportunidad, seguridad, escalabilidad y disponibilidad. Propender y facilitar el uso y apropiación de las tecnologías, los sistemas de información y los servicios digitales por parte de los servidores públicos, los ciudadanos y los grupos de interés a quienes están dirigidos. Dirigir la implementación de la política de seguridad informática de la organización y los procedimientos para aplicarla y monitorearla. Participar en el Sistema Institucional de Control Interno. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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