° . Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones . Son funciones de la Oficina Asesora de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, las siguientes: Liderar la gestión estratégica de las tecnologías de la información y las comunicaciones mediante la definición, implementación, ejecución, seguimiento y divulgación de un Plan Estratégico de Tecnología y Sistemas de Información (PETI), que esté alineado a la estrategia y modelo integrado de gestión de la entidad. Liderar la definición, implementación y mantenimiento de la arquitectura empresarial de la entidad en virtud de las definiciones y lineamientos establecidos en el marco de referencia de arquitectura empresarial para la gestión de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), del Estado, la estrategia GEL y los requisitos de la entidad. Desarrollar los lineamientos en materia tecnológica que habiliten la gestión de la entidad en beneficio de la prestación efectiva de sus servicios y que a su vez faciliten la gobernabilidad y gestión de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC). Liderar los procesos de adquisición de bienes y servicios de tecnología y comunicaciones, mediante la definición de criterios de optimización y métodos que direccionen la toma de decisiones de inversión. Desarrollar estrategias de gestión de información para garantizar la pertinencia, calidad, oportunidad, seguridad e intercambio con el fin de lograr un flujo eficiente de información disponible para el uso en la gestión y la toma de decisiones en la entidad. Proponer e implementar acciones para impulsar la estrategia de gobierno abierto mediante la habilitación de mecanismos de interoperabilidad y apertura de datos que faciliten la participación, transparencia y colaboración en el Estado. Liderar el desarrollo, implementación y mantenimiento de los sistemas de información y servicios digitales de la entidad, así como las necesidades de información de los servicios al ciudadano y grupos de interés. Liderar la definición, adquisición y supervisión de las capacidades de infraestructura tecnológica, servicios de administración, operación y soporte y velar por la prestación eficiente de los servicios tecnológicos necesarios para garantizar la operación de los sistemas de información, servicios digitales y sistemas de comunicaciones, según criterios de calidad, oportunidad, seguridad, escalabilidad y disponibilidad. Propender y facilitar el uso y apropiación de las tecnologías, los sistemas de información y los servicios digitales por parte de los servidores públicos, los ciudadanos y los grupos de interés a quienes están dirigidos. Dirigir la implementación de la política de seguridad informática de la organización y los procedimientos para aplicarla y monitorearla. Participar en el Sistema Institucional de Control Interno. Las demás funciones que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.
Decreto 2087 de 2017 →Vigente
Artículo 7
Decreto 2087 de 2017 · por el cual se modifica la estructura interna de la Defensa Civil Colombiana.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.