Micelio

Artículo 42

Decreto 1179 de 1999 · por el cual se reestructura el Ministerio de Transporte y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sujetos del Control, Inspección y Vigilancia. Estarán sometidas a inspección, vigilancia y control de la Superintendencia de Transporte, las siguientes personas naturales o jurídicas

1.

Las sociedades con o sin ánimo de lucro, las empresas unipersonales y las personas naturales que presten el servicio público de transporte.

2.

Las autoridades del Sistema Nacional de Transporte, excepto el Ministerio de Transporte, en lo relativo al ejercicio de las funciones que en materia de transporte legalmente les corresponden.

3.

Los concesionarios, en los contratos de concesión destinados a la provisión, operación y mantenimiento de la infraestructura del transporte en lo relativo al desarrollo, ejecución y cumplimiento a satisfacción del contrato.

4.

Las demás que determinen las normas legales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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